|
|
| Amnistía a Deudores |
|
|
Amnistía a deudores morosos fue avalada por la Corte ConstitucionalMagistrados de la Corte Constitucional coincidieron en que después de la amnistía si una persona se atrasa en el pago de sus deudas menos de dos años solo podrá estar en la lista el doble del tiempo.La norma ordena sacar de las bases de datos (Datacrédito y Cifín) a las personas que se pongan al día en sus obligaciones en los seis meses siguientes a la expedición de la ley. Como regla general, la Ley establece que quienes se pongan al día serán borrados como morosos de estas listas un año después de la fecha en que hayan cancelado. Para quienes no aprovechen esos primeros seis meses de gracia, aplicará la norma, que fue respaldada por la Corte, con ponencia del magistrado Jaime Córdoba Triviño, según la cual estas centrales de riesgo solo podrán mantener los reportes negativos en sus listas máximo por cuatro años.Sin embargo, la Corte condicionó esta regla, debido a que, e criterio del alto tribunal, no es equitativo la misma 'sanción' para una persona que es morosa por pocos meses en comparación con otra que lleva años sin pagar sus deudas. Es por eso que los magistrados coincidieron en que una persona que se atrase menos de dos años solo podrá estar en la lista el doble del tiempo su rezago.Por ejemplo, si una persona debe dos meses, su reporte negativo podrá estar en la central de riesgos cuatro meses. Pero si su retraso es de dos años o más, las centrales podrán dejar al usuario cuatro años.Otra de las condiciones que ordenó la Corte fue el manejo de los reportes de mora.El alto tribunal determinó que cuando una entidad financiera, una empresa de servicios públicos o telefonía celular remita un reporte negativo por mora a una central de riesgo, la empresa debe informar al afectado sobre la medida.De igual manera, las centrales de riesgo deberán expedir reportes "integrales" y "objetivos", señalando todo el historial crediticio de la persona. Esta aclaración la hace la Corte debido a que, en muchos casos, el usuario ha cumplido con la mayoría de su obligación y por un retraso puede aparecer como moroso. Así, considera la sentencia, se puede hacer una valoración integral.En el fallo, el alto tribunal conminó a la Superintendencia Financiera para que ejerza "un control autónomo, imparcial e independiente" para el cumplimiento de estas normas. Al conocer la decisión, los bancos agremiados en Asobancaria, así como las dos centrales de riesgo decidieron no pronunciarse todavía, pues dicen que hasta no conocer el fallo completo no podrán poner en práctica la nueva reglamentación.Sin embargo, en repetidas ocasiones el sector financiero ha manifestado su desacuerdo con ese periodo de transición, pues argumentan que esa posibilidad de borrar a los morosos los pone en riesgo de prestarles a quienes no tienen una buen historial de pagos y ellos no pueden darse el lujo de hacer eso, dado que el dinero que prestan es el ahorro del público. De otro lado, el senador Luis Fernando Velasco, uno de los ponentes del proyecto de ley, celebró su declaración de constitucionalidad y dijo que con esto se beneficiarán más de 3 millones de colombianos que, "a pesar de estar al día en sus obligaciones, se mantienen injustamente reportados en las llamadas listas de morosos de Datacrédito y Cifin".No obstante, ninguna de estas dos entidades tiene cifras que indiquen que ese sería el número de beneficiados. Solo se sabe que al corte de junio, 15 millones de colombianos tenían allí su historial crediticio. Fuente El Tiempo.com” 17 Octubre de 2008
|
| < Anterior | Siguiente > |
|---|